Certificación Sustitutoria del Título

Es un documento expedido por la Universidad y firmado por el Rector (o Vicerrector/a en quien delegue), que acredita provisionalmente la superación de unos determinados estudios oficiales.

Es requisito indispensable que se haya solicitado y abonado previamente la expedición del Título Oficial (Grado, Máster o Doctorado). 

SOLICITUDES

Accede al siguiente formulario y adjunta en formato pdf:

Se enviará al correo electrónico del solicitante el recibo correspondiente de acuerdo con el Decreto de Precios Públicos por estudios universitarios vigente. Este recibo se abonará en las entidades bancarias colaboradoras con la UCM (Bankia o Banco Santander). El recibo sellado por la entidad bancaria será justificante de la solicitud.

El precio será el mismo que el de una Certificación Académica Oficial y la Secretaría le notificará por correo electrónico cuándo puede recoger esta. La certificación puede ser recogida por:

  • El interesado: deberá presentar DNI y original del recibo de pago de tasas del certificado sellado por la entidad bancaria.
  • Persona autorizada: deberá entregar autorización expresa firmada por el interesado y fotocopia del DNI de ambos y original del recibo de pago de tasas del certificado sellado por la entidad bancaria

NORMATIVA REGULADORA: Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales (BOE del 6 de agosto)